F A L L O:
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido:
1.º- Estimar los recursos extraordinarios por infracción procesal interpuestos por D.ª Enma , D.ª Constanza
, D. Carlos Alberto ; D.ª Carmen y D.ª Flora , declarar la nulidad, por falta de motivación, de la sentencia
recurrida, en cuanto a la constitución de tutela mancomunada acordada, todo ello sin imposición de costas y
devolución del depósito constituido para recurrir.

https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/f5d767511fb19c16/20211029