Desde Comunicación del CGPJ, nos informan de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que se avala la aplicación del mínimo por discapacidad en el IRPF de una contribuyente que obtuvo el reconocimiento de una minusvalía del 77 por ciento con posterioridad a los ejercicios impositivos en que aplicó dicha reducción. 

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